Por Martha Lilia GÓMEZ SALAS
Existen diversos problemas en
la enseñanza de las Ciencias Jurídicas -de
las leyes- en las Escuelas y Facultades
de Derecho en Chiapas y México, para
conocer los estándares de calidad académica de la Licenciatura en Derecho habrá que conocer los planes y programas de
estudios, los métodos de enseñanza, la curricula, la calidad de los profesores
y el nivel académico de los egresados; a partir de estos elementos se pueden llegar
a una aproximación de la calidad académica que ofrecen la Instituciones de Educación Superior a la sociedad; sin embargo,
la educación tradicional como una herramienta que se utiliza dentro de un aula son
insuficientes; la adopción de la teoría y práctica de forma independiente por
parte del docente a propiciado consecuencias negativas en los alumnos; la
renuncia de otros métodos de enseñanza del derecho y el poco dominio de las
técnicas de interpretación; por lo regular, las Instituciones en Educación Superior
de Chiapas en su mayoría, han adoptado un modelo tradicional donde el profesor
es quien inicia y termina la catedra, sin permitir y motivar la participación
activa del alumnado. Desde la Escuela de Frankfort, la única forma de generar conocimiento era a través de
la teoría y práctica, la ambigüedad y vaguedad de los términos hasta en la
actualidad ha sido unos de los problemas entre los docentes y los estudiantes; (Gil Rendón, 2011) manifiesta que “en México
se sigue enseñando el derecho con el método tradicional de comentar la ley y
los textos jurídicos, sin utilizar el método de casos, de aprendizaje a base de
problemas y de clínicas procesales. Prevalecen en ambos tipos de universidades
las concepciones iusnaturalistas y iuspositivistas, la enseñanza
jurídica es teórica, no permite que los programas de estudio incluyan materias
prácticas y no se aplica el método de casos prácticos”[1]. En este sentido, los métodos teóricos y
prácticos en ningún punto se vinculan en la enseñanza del derecho; por lo
tanto, en la mayoría de los casos, los docentes utilizan uno de estos métodos
de enseñanza-aprendizaje, sin intentar tener un equilibrio entre ambos, mucho
menos combinarlos otros.
La
hermenéutica, pueda ser un método de interpretación que ayude a la
investigación científica y a la interpretación de las leyes; (RAE, 2014) la
define como el “arte de interpretar textos y especialmente el
de interpretar los textos sagrados”[2].
En este tenor, la hermenéutica seria uno de los métodos de enseñanza que
permitiría resolver el problema que plantea (Gil Rendón, 2011) “entre formar un abogado que defienda en
forma eficiente los intereses de sus clientes en un tribunal, o bien, optar por
la formación integral de un jurista que entienda la ciencia jurídica en todas
sus manifestaciones, desde su creación, aplicación, interpretación y difusión”[3]. Esto no significa que, el
método hermenéutico sea el único para solucionar el problema; sino que, existen
diversas técnicas de enseñanza del derecho; empero, los
profesores de las Licenciaturas en Derecho deberían tomar en cuenta los
procesos didácticos en pro de los estudiantes. La metodología hermenéutica,
tiende a establecer reglas, métodos y principios que sean necesarios para poder
descubrir el sentido de las leyes y de las ciencias jurídicas; su objeto es
explicar todo aquello mal definido, mediante un proceso inteligente y que el
estudiante pueda darse cuenta de la idea exacta de la ley y doctrina jurídica.
Las
aportaciones de Júrgen Habermas con su obra Conocimiento e interés y la teoría
comunicativa, rompe con el paradigma de la Escuela de Frankfort, que se basaba
principalmente en el conocimiento a través de la teoría y el empirismo, él
epistemólogo jurista, propone un paradigma, “la interpretación” como una nueva forma
de adquirir conocimiento. Está nueva teoría critica del conocimiento, puede
aplicarse a las Instituciones de Educación Superior de Chiapas, y en particular
a la Licenciatura en Derecho que ofrece la Universidad Autónoma de Chiapas; que
sigue utilizando una metodología tradicional. La implementación del método
hermenéutico por parte del claustro académico, permitiría el impulso de esta
metodología de enseñanza romper con los paradigmas impuestos por los docentes
de la vieja guardia, la revista Dialnet cita a (Khun, 1971), quien señala la
hermenéutica como una metodología que nace del cuestionamiento de los
presupuestos positivistas, promotores de la generación de nuevas concepciones
en el campo del método, lo cual produce una “ruptura epistemológica” sobre el
modelo empírico”[4].
La Universidades públicas y
privadas, deben cumplir con las demandas de la sociedad en el ámbito de
educación superior; por ello deben actualizar sus planes y programas a la
realidad; además se debe impulsar al uso de la interpretación y argumentación
jurídica en los alumnos; y una vez, egresados de la Licenciatura en Derecho tengan una formación integral; que consiste en
que un abogado litigante debe ser eficiente y eficaz al momento de defender a
su cliente ante un juez y, por otro lado, conocimientos suficientes para la
investigación científica de las ciencias jurídicas. El método de la
interpretación jurídica, permitirá en los profesores hacia estudiantes y
viceversa, comprendan mutuamente el
mensaje tal y como lo trasmite el emisor, de tal manera que, no se hagan
diversas y distintas interpretaciones; evitando las ambigüedades y vaguedades
de los concepto que se manejen.
La hermenéutica es el método
de interpretación jurídica que los estudiantes de derecho, necesitan conocer y
manejar, para poder comprender, analizar, criticar las leyes y las ciencias
jurídicas; esto permitiría elevar la calidad académica, y el nivel de exigencia
a los aspirantes incrementaría. En la actualidad, los profesores se orientan
hacia una sola técnica, olvidándose de la existencia de los otros. Sería
desatinado pensar que la interpretación sería la metodología, que por sí sola,
logre incrementar la calidad académicas de las Escuelas y Facultades de
Derecho. Lo oportuno, importante e interesante sería que los profesores de
derecho pudieran combinar los métodos de enseñanza-aprendizaje como es la
teoría, practica, la hermenéutica, la mayéutica, analítica, inductiva,
deductiva, entre otras técnicas de estudio.
El resultado del manejo de
la interpretación jurídica en estudiantes y profesores, es aprehender a
discutir, debatir, construir y reconstruir –leyes-, en entorno a la
investigación científica de las Ciencias Jurídicas; lograr una aproximación a
la realidad del derecho positivo (leyes) y las Ciencias del Derecho.
FUENTES DE INFORMACIÓN
- Biblioteca
Virtual Jurídica de la Universidad Nacional Autónoma de México:
- Real Academia
Española, Asociación de Academias de la Lengua Española. Diccionario de la lengua española,
23.ª ed., Edición del Tricentenario, [en línea]. Madrid: Espasa, 2014.
- Revista Dialnet:
[1] Gil
RENDON, Raymundo, “La Enseñanza del
Derecho y Estudios de Posgrados”, No. 14,
Biblioteca Jurídica Virtual
IIJ-UNAM, México, 2011.
[2] Real Academia Española, Asociación de
Academias de la Lengua Española. Diccionario de la lengua española,
23.ª ed., Edición del Tricentenario, [en línea]. Madrid: Espasa, 2014
[3] Gil
RENDON, Raymundo, “La Enseñanza del
Derecho y Estudios de Posgrados”, No. 14,
Biblioteca Jurídica Virtual IIJ-UNAM, México, 2011.
[4] RUEDA
MARRER, Martha y otros, “Hermenéutica: La
Roca que Rompe el Espejo”, Revista Dialnet, 2008, pág.188.
Estoy de acuerdo contigo respecto a que es necesario un cambio en el sistema de enseñanza del Derecho, de manera específica en nuestro estado, sin embargo no me queda claro como la hermenéutica puede servir a este propósito, sería bueno que pudieras ser más puntual en cuanto a la aplicación de este método de interpretación jurídica.
ResponderEliminarSaludos Marthita!
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ResponderEliminarLa Hermeneutica como herramienta para enriquecer el aprendizaje suena bastante plausible. Particularmente, creo que su implementación en las cátedras jurídicas en nuestro estado, de manera puntual, requiere de docentes con experiencias cercanas a éste y otros métodos a través de la movilidad académica, a la cual -con tristeza- se resisten.
ResponderEliminarCoincido en que la idea de contrastar ideas surgidas a través de la interpretación nos conduciría a tener mejores conclusiones y mejores argumentos para la aplicación del Derecho. Es un un proyecto a largo plazo que vale mucho la pena incentivar en beneficio de la academia jurídica, y que logre incidir en mejores prácticas por parte de los operadores jurídicos.